Cámara
de Diputados de la Nación
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes
de noviembre de 2010, a la hora 16 y 18:
Sr. Presidente
de la Comision de Legislacion Penal : Damos inicio
a la reunión.
Contamos
solamente una expositora, la doctora Marianne Mollman, quien expresamente está
representando a Human Rights Watch, organismo de derechos humanos con el que
personalmente trabajé hace veinte años. Sin embargo, actualmente la institución
más importante en el mundo es Washington Office of Latin America.
Por otra parte, esta es
la primera vez que en el Congreso de la Nación se debate sobre el aborto, tema
silenciado por razones religiosas y culturales. De todas maneras, aclaro que no
estamos considerando la penalización o despenalización del aborto. Simplemente
son jornadas de reflexión sobre el aborto en la Argentina.
Queremos saber lo que
ocurre ya que los números que nos proporciona Human Rights Watch indican que en
la Argentina se hacen 450 mil abortos por año, cifra muy superior a la media en
América.
Con estas breves palabras, le cedo el
uso de la palabra a Marianne Mollman que, reitero, viene en representación
oficial de Human Rights Watch, que como ustedes sabrán, es el organismo más
importante del mundo en materia de derechos humanos.
Sra. Mollman.- Señoras y señores: mi nombre es
Marianne Mollman y estoy aquí en representación de la organización
internacional de derechos humanos Human Rights Watch.
Me
permito dirigirme en esta reunión por invitación del señor presidente de la Comisión
de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, doctor Juan Carlos Vega.
Ante
todo quisiera agradecer la invitación para concurrir a este evento. Es un
placer y un honor -y también me da un poco de miedo- contribuir a este tema y
abrir un debate que ha sido esperado con tanta anticipación. Espero poder
contribuir así, aunque sea de una manera humilde, a un debate muy importante
para las mujeres y las niñas argentinas, y también para la integridad del
Estado democrático argentino.
Tengo
experticia en esta materia, tanto teórico-legal como empírica. He investigado
temas relacionados con los derechos humanos de las mujeres desde hace más de
una década. He realizado investigaciones de campo sobre el acceso al aborto en
la Argentina, en México, en Perú, en Nicaragua y en Irlanda, habiendo publicado
informes, artículos y análisis legales sobre el tema en estos y otros países.
Asimismo,
he contribuido a debates parlamentarios sobre esta temática en México, en los
Estados Unidos, en Irlanda, en Brasil, en Perú y ahora en la Argentina, y he
hecho presentaciones como amicus curiae
sobre los derechos humanos y el acceso al aborto legal en la Argentina,
Colombia, México y Nicaragua.
Soy
originaria de Dinamarca, por lo que pido disculpas por mi español.
Tengo
un diploma en Ciencias Políticas de la Universidad de Copenhague, una maestría
en Administración de Empresas en la École
des Affaires de Paris, en Francia, y otra maestría en Derecho Internacional
de Derechos Humanos, en la Universidad de Essex, en Inglaterra.
En
mi experiencia a partir de las investigaciones que he realizado sobre este tema
específicamente en la Argentina, la penalización del aborto lleva a las mujeres
a tomar medidas desesperadas, como por ejemplo, intentar abortar con agujas de
tejer, con sondas, con tallos de perejil e incluso con revólveres.
La penalización también
permite a las supuestas clínicas de aborto clandestinas funcionar con poco
respeto por la salud y la vida de las mujeres.
A veces cuando una mujer
llega a un hospital público sufriendo hemorragias, infecciones o lesiones
causadas por un aborto inseguro que pone en peligro su vida, los funcionarios
de la salud pública la menosprecian o le deniegan el tratamiento adecuado
haciendo referencia explícita a la penalización.
Muchas veces las mujeres
evitan el cuidado necesario post aborto por miedo a ser procesadas legalmente,
pudiendo ello acarrearles consecuencias perjudiciales para la salud.
La confusión y el temor
a las consecuencias legales del aborto también impiden a las mujeres acceder a
los que indiscutiblemente son sus derechos. Por ejemplo, me refiero al caso de
un aborto no punible contemplado en el artículo 86 del Código Penal vigente.
Muchos expertos con los
que he hablado en Argentina coinciden en que si bien el Código Penal no exige
una autorización judicial para un aborto, de todas maneras se ha convertido en
un requisito de facto porque la mayoría de los médicos no lleva a cabo el
procedimiento si no cuenta con ella.
Esta situación ha
resultado en retrasos en el acceso al aborto, por ejemplo para las adolescentes
violadas y las mujeres con discapacidad mental. Y eso les arroja serias
consecuencias en la salud y en la vida.
Quiero comentarles la
experiencia que obtuve de otros países. Por ejemplo, México e Irlanda
demuestran que una penalización generalizada conlleva un nivel de estigma,
miedo y desinformación que imposibilita el acceso al aborto incluso a las
mujeres y niñas para quienes el procedimiento ya está despenalizado.
Hasta que el aborto se
despenalice por completo, los lineamientos mejor implementados para ciertas
circunstancias bien definidas no conducirán a un acceso equitativo y libre de
obstáculos.
Es apropiado resaltar
que el sufrimiento que la penalización del aborto causa en la Argentina se vive
casi exclusivamente en los sectores pobres. Existe una clara desigualdad entre
la mujer con recursos que puede pagar por un aborto ilegal en condiciones
relativamente seguras ‑consecuentemente disminuyendo su riesgo‑ y la mujer sin
recursos que no tiene esa opción y afronta importantes riesgos en su vida y en
su salud para lograr el mismo objetivo. Me refiero al procedimiento médico que
se necesita.
Por otra parte, también
es importante el precio. He hablado con mujeres de sectores muy humildes,
quienes me comentaron que en sus barrios el valor de un aborto clandestino
dependía de si se le suministraban antibióticos o no. Esa opción sería
totalmente inconcebible si el aborto fuera legal.
De hecho, la grave falta
de reglamentación y de responsabilidad médica con respecto a los abortos que se
están llevando a cabo en la Argentina –que son muchos‑, además de su respectiva
ilegalidad, representa una consecuencia negativa adicional de la
clandestinidad.
La penalización del
aborto no solamente trae consecuencias graves para la salud y la vida de la
mujer individual que necesita interrumpir su embarazo sino que también origina
un problema de salud pública.
Según el Ministerio de
Salud de la Nación, en 2008 más del 20 por ciento de las muertes registradas
por emergencias obstétricas fueron por abortos inseguros. Y según las
estadísticas vitales correspondientes al 2009, que me parece que ayer fueron
publicadas en los periódicos, la mortalidad materna ha vuelto a subir y la
proporción de muertes maternas atribuibles al aborto es del 28 por ciento.
Entonces, el aborto
inseguro, es decir la ilegalidad del aborto, es la primera causa de muerte
materna en este país. Y ello es doblemente trágico porque es evitable. En los
países donde el aborto es legal no se ven esas cifras ni esas muertes.
Pero además de ser un
tema que inspira compasión y empatía, la penalización del aborto es una
cuestión de derechos humanos. A lo largo de la última década se han observado
cambios importantes en el consenso internacional sobre el vínculo entre el
acceso al aborto y el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las
mujeres.
Estos cambios se
evidencian claramente en el trabajo de los órganos de supervisión de las
Naciones Unidas y en los documentos de consenso de varias conferencias
mundiales relativas a los derechos de las mujeres a la salud y a los derechos
respectivos.
Interpretaciones
autorizadas del derecho internacional reconocen que el acceso al aborto legal y
seguro resulta esencial para el disfrute y ejercicio efectivo de los derechos
humanos de las mujeres. Los órganos de supervisión de los tratados
internacionales de las Naciones Unidas, a través de sus interpretaciones, han
expresado sus opiniones sobre el acceso al aborto y las restricciones al mismo
de manera sistemática y exhaustiva.
Estos órganos sostienen que ciertos derechos
humanos firmemente establecidos ‑como por ejemplo, el derecho a la vida, a la
salud, a la no discriminación, al libre ejercicio de la religión‑ se ven
comprometidos por las leyes y prácticas en materia del aborto que poseen
carácter punitivo y restrictivo.
En marzo de este año el
Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas expresó su preocupación por
la legislación restrictiva del aborto, en Argentina específicamente, y emitió
la siguiente recomendación: “El Estado parte…”, es decir, la Argentina “…debe
modificar su legislación de forma que la misma ayude efectivamente a las
mujeres a evitar embarazos no deseados y que estas no tengan que recurrir al
aborto clandestino que pudiera poner en peligro sus vidas”.
Esta recomendación fue
emitida en relación con el derecho a la vida y al goce igualitario de todos los
derechos humanos contenidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos que queda incorporado en la Constitución Argentina.
En junio de este año el
Comité de los Derechos del Niño expresó
igualmente su preocupación por el elevado porcentaje de mortalidad materna
causada por un aborto, especialmente en los adolescentes, y por los prolongados
procedimientos para la interrupción legal de un embarazo en este país.
En esa conexión el
Comité recomendó varios pasos para la Argentina: “Adopte medidas urgentes para
reducir la mortalidad materna relacionada con el aborto, en particular velando
por que la profesión médica conozca y practique el aborto no punible,
especialmente en el caso de las niñas y mujeres víctimas de violación sin
intervención de los tribunales y a petición de ellas.”
También dijo el Comité
que se enmiende el artículo 86 del Código Penal en el ámbito nacional para
prevenir las disparidades en la legislación provincial vigente y en la nueva en
lo que respecta al aborto legal.
En agosto de este año el
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer expresó
preocupaciones similares e instó a la Argentina, y cito nuevamente: “…a que
revise la legislación vigente que penaliza el aborto que tiene graves
consecuencias para la salud y la vida de las mujeres”.
Este Comité además
observó que Argentina debe asegurarse de que exista un acceso efectivo y en
condiciones de igualdad a los servicios de salud para interrumpir el embarazo.
Estos mismos comités han
emitido docenas de recomendaciones de la misma índole a países con legislación
similares a la de la Argentina sosteniendo que la penalización del aborto es
incompatible con los derechos humanos.
Quiero también agregar
que esa es mi experiencia personal de las investigaciones que he realizado.
Está claro que el acceso al aborto legal y seguro puede salvar la vida y
facilitar la igualdad de las mujeres.
También queda
determinado que las decisiones de las mujeres en materia de aborto se
encuentran relacionadas con los derechos humanos de las mujeres inherentes a su
condición de persona, a su dignidad, a su derecho a privacidad.
Los obstáculos existentes
para este tipo de decisiones en la Argentina interfieren con la capacidad de
las mujeres de ejercer sus derechos humanos dando lugar a prácticas
clandestinas e inseguras que durante décadas han constituido una de las
principales causas de muerte materna en nuestro país.
En general el argumento
en contra de la despenalización del aborto va emparejado con otros en contra de
la anticoncepción moderna. Ambos atentan contra los derechos de la mujer, su
salud y su vida.
Independientemente de la
coyuntura judicial y política, estos argumentos ameritan un severo análisis
crítico puesto que tienen efectos de vida o muerte para muchas mujeres y niñas
argentinas.
El Ministerio de Salud
de la Nación estima que el 40 por ciento de los embarazos en la Argentina terminan
en un aborto. Por lógica eso quiere decir que cada uno de los presentes en esta
sala conoce por lo menos a una mujer que se hizo como mínimo un aborto. Estoy
segura de que esas mujeres y niñas, vuestras hermanas, hijas, esposas, madres,
y amigas, no tomaron a la ligera la decisión de interrumpir un embarazo. Y
también estoy segura de que hubieran preferido no necesitar un aborto. Ninguna
mujer se embaraza para poder abortar.
Esas mujeres tienen los
mismos derechos que todos y merecen un entorno que les ayude a tomar decisiones
personales y privadas con dignidad y responsabilidad sobre sus vidas y la
respectiva salud.
La experiencia me
demuestra que la penalización del aborto, lejos de desincentivar la práctica,
sólo la vuelve peligrosa.
Hace varias décadas la
Argentina se unió a la comunidad internacional de Estados democráticos ‑después
de haber pasado por una dictadura militar dolorosa‑, ratificando varios
tratados internacionales de derechos humanos. Y hace más de diez años que se
dio estatus constitucional a esos tratados.
Entiendo que es hora de
debatir la despenalización del aborto de manera seria, sobria y democrática.
Asimismo sé por experiencia propia que no va a ser fácil. Y esto lo afirmo
porque desde que se dio a conocer que yo iba a dar testimonio en esta
audiencia, he recibido amenazas y hostigamientos por vía electrónica.
De todos modos, también
sé que a pesar de la presencia de algunos elementos antidemocráticos, el pueblo
argentino está dispuesto a tener un diálogo transparente, democrático,
influyente y adulto sobre este tema.
Entre mi primer informe
sobre este tema que data del 2005 y el segundo realizado en el 2010, el debate
ha cambiado muchísimo. Las preguntas que recibo y las intervenciones mediáticas
se han modificado enormemente. El pueblo argentino está dispuesto a tener este
debate.
Espero que mi testimonio
contribuya de una manera muy humilde a abrir este diálogo. (Aplausos.)
Bien señalaba Marianne
que ella ha visto un cambio en estos cinco años en Argentina y esto tiene que
ver con una lucha del movimiento de mujeres, del movimiento feminista y de
todas las organizaciones sociales que están trabajando hace años. La verdad es
que habernos organizado para visibilizar lo que ocurría, nos permitió tomar
mucha más conciencia de lo injusto del tema.
A las feministas nos
gusta enmarcar este asunto como una violación a los derechos humanos.
Consideramos que no poder decidir ni avanzar sobre nuestro cuerpo es una
violación a los derechos humanos de las mujeres, y nos gusta enmarcarlo dentro
de las violencias de género.
Me parece que estamos en
una instancia histórica porque vamos a poder avanzar en un tema sobre el que se
han redactado buenos proyectos. Asimismo les comento que la mayoría de las
presentes hemos firmado el proyecto de la campaña nacional por el derecho al
aborto. Empezamos con cuarenta firmas y hemos avanzado muchísimo e invitamos a
los legisladores presentes a adherirse a la iniciativa.
Nos parece muy
interesante que estas jornadas públicas abiertas se sigan haciendo durante todo
el próximo año. De ese modo se podrán escuchar todas las voces: las de quienes
están a favor y en contra.
Ya se ha señalado que
legislar es responsabilidad de los legisladores. Y estamos legislando sobre la
vida y salvando vidas.
Por otra parte, una
estadística que se dio a conocer hace poco tiempo señala que a raíz de la
inflación y la pobreza el 40 por ciento de los ciudadanos no tiene obra social.
Y ello trajo como consecuencia que recrudecieran los abortos clandestinos.
Por supuesto que hay un
corte transversal porque las mujeres y niñas que mueren son pobres. Por eso
tenemos más responsabilidad de legislar por la libertad e igualdad en un país
laico.
Yo iba a formular la
misma pregunta que la diputada Ibarra. Quisiera que Marianne se explaye sobre
el proceso transitado por los países de Latinoamérica –que son los más
parecidos a nosotros‑ que avanzaron en su legislación. Además me gustaría que
comente cómo decreció el índice de muertes maternas y cómo cambió el espectro y
la vida de las mujeres. Me parece que ese es un tema a desarrollar porque hay
países cercanos que han avanzado y otros que están como nosotros.
En el país no tenemos
estadísticas brindadas por el Estado; simplemente son mediciones de las
organizaciones sociales. Y estamos hablando de entre 500 mil y 600 mil abortos
inducidos por año con una altísima tasa de mortalidad. (Aplausos.)
Sra. Mollman.- Muchísimas gracias por todas
las preguntas. Voy a tratar de agruparlas para no tomar demasiado tiempo.
Además me parece que todas iban en la misma dirección. Si no doy una respuesta
directa, por favor, acérquense después porque había muchas preguntas y espero
poder responderlas a todas.
Voy a agruparlas así:
primero, las respuestas sobre las cifras de la muerte materna, las ideas y
vueltaa de la legalización del aborto. También había varias preguntas sobre lo
que tiene que ver con la economía del aborto, los precios. Además, había varias
preguntas legales, es decir, con respecto a la vida del embrión y con respecto
también a un mandato constitucional. Y al final unas preguntas, las más
filosóficas, sobre si es una cuestión solamente de las mujeres o también de los
varones, y si se debería ‑como estrategia o como filosofía‑ considerar el tema
del derecho a la privacidad. También voy a hablar respecto a si los médicos
deben denunciar. Creo que con eso cubrimos todo. Vamos a ver si puedo.
En cuanto a las cifras
de muerte materna quiero decir, en primer lugar, que soy una experta legal,
tengo una Maestría en Ciencias Políticas y leo las estadísticas de los
Ministerios de Salud en los países donde hago investigaciones. Nosotros no
sacamos datos estadísticos; el estudio que hacemos es científico‑cualitativo y
es un análisis legal comparando la realidad con las obligaciones del Estado
donde trabajamos utilizando las cifras del Estado.
En consecuencia, las
cifras que manejo son cifras estatales y no de Human Rights Watch. No he traído todas las cifras pero las voy a
hacer llegar a las comisiones que van a tratar este tema.
Voy a hablar de dos
experiencias: una de ellas tiene que ver con lo que era el bloque soviético.
Ustedes saben que bajo las dictaduras había aborto libre, pero no había mucho
acceso a los anticonceptivos. Después, con el advenimiento de la democracia, en
muchos países se penalizó el aborto y después se volvía a despenalizar por
movidas legislativas promovidas por las mujeres y hombres de esos países que
veían que la mortalidad materna o el sufrimiento de las mujeres subían con la penalización. Pero a través de
estas experiencias se puede ver un ida y vuelta de las muertes maternas
directamente relacionadas con la penalización.
También depende del
entorno. Hicimos un estudio que sacamos este año sobre Irlanda, donde el aborto
queda totalmente penalizado de no ser que la vida –no la salud‑ de la mujer
embarazada corra peligro. Irlanda es uno de los países con la tasa más baja de
mortalidad materna en el mundo. ¿Por qué? Porque la mujer que aborta, lo hace
en otros países muy cercanos. Es una especie de exportación del problema porque
la mujer puede salir a otros países –como por ejemplo Inglatera u Holanda‑ para
practicarse el aborto. El efecto es la salud de la mujer porque llega tarde a
una intervención que podría ser mucho más segura cuando se practica temprano en
el embarazo.
Esto tiene que
ver con la experiencia fuera de América Latina.
Dentro de América Latina
en general la legislación relativa al aborto es muy restrictiva, aunque hay
diferencias y hubo avances muy significativos en los últimos tres o cuatro
años.
El avance más importante
ha sido la legalización por completo del aborto en el primer trimestre de
embarazo en la ciudad de México. Es una ley que solamente aplica en esa ciudad,
pero es una de las ciudades más grandes, si no la más grande del mundo. Y el
resultado es que miles y miles de mujeres pudieron acceder a un aborto seguro y
legal. Y de no ser así seguramente se hubieran realizado un aborto ilegal.
También se ve que la
despenalización lleva a que las mujeres que se practican un aborto en su casa
con Misoprostol o con otros medicamentos, tienen menos miedo de ir por una
atención post aborto. De todos modos, en ese caso el efecto se puede lograr
hasta un cierto punto con las legislaciones o los procedimientos realizados en
Uruguay a los que hizo referencia la señora Lubertino. Allí el médico tiene la
obligación de decirle a una mujer que llega con intención de abortar que sí le
va a dar la atención post aborto, que esa es la mejor manera de abortar y que
no la puede ayudar. Pero el médico tiene la obligación de ayudar a la mujer a
abortar de la mejor manera. Esto ocurre desde la perspectiva de que la mujer
que quiera abortar, va a hacerlo.
He hablado con
muchísimas mujeres que han abortado y ninguna de ellas pensaba que iba a estar
en situación de necesitarlo. Muchas de ellas también son mujeres profundamente
religiosas y reconcilian su fe católica con el hecho de que necesitan un aborto
en función de sus niños. Son mujeres que dicen: yo tengo ya cinco pibes y no
puedo dar de comer a otro más. Necesito pecar para no cometer un pecado más
grande al no darle de comer a mis niños.
Yo solamente cuento la
experiencia de las mujeres con las que he hablado. (Aplausos.)
Respecto de la
mortalidad materna, me parece muy importante dar un ejemplo de un país de
América Latina donde hubo un retroceso. Me refiero a Nicaragua donde se
realizaron abortos en casos en que la vida de la mujer embarazada corría
peligro. Sin embargo, el Código Penal se enmendó y ahora queda completamente
penalizado el aborto, incluso cuando se está seguro de que la mujer embarazada
va a morir.
A partir de esa
legislación ha aumentado la mortalidad materna. Incluso es una legislación que
va contra el dogma católico ‑seguramente aquí habrá personas con más experiencia‑
porque según entiendo si se necesita llevar a cabo un procedimiento médico para
salvar la vida de una persona y el aborto es su efecto secundario, entonces ese
procedimiento no está contra el dogma católico porque la vida se salva. O sea
que el objetivo del procedimiento es salvar la vida.
Con referencia al
análisis económico, solamente tengo las cifras que me cuentan las mujeres con
las que hablo. Ellas mencionan que los procedimientos pueden costar desde 50
hasta 1.500 pesos o más.Para las mujeres con las que hablo también es mucho
pagar 1.500 pesos.
Asimismo quiero
comentarles que en Nicaragua vimos que con la penalización total del aborto
directamente subieron los precios porque la mujer tiene que salir del país para
hacerlo. Además el médico también corre peligro de ir a la cárcel. Por eso dice
que no va a realizar tal procedimiento. El médico tiene buenas intenciones,
pero también corre peligro.
Entiendo que el tema
merece un análisis. El mercado del aborto clandestino es a costo de las mujeres
y de sus cuerpos.
Con
respecto a las cuestiones legales, ahí sí tengo más experiencia.
Tengo
aquí cuatro o cinco páginas sobre jurisprudencia referida al derecho del
embrión, porque esperaba que se planteara esta pregunta. Aclaro que no la voy a
leer toda.
Creo
que la respuesta más breve, que quizás no es muy satisfactoria, es que no
existe en el derecho internacional de los derechos humanos el derecho a la vida
del embrión. No existe por la razón específica de que ninguna sociedad se ha
puesto de acuerdo sobre cuándo empieza un ser humano. Lo que sí podemos
estudiar es cuando mueren las mujeres y la legislación lleva a más muertes
maternas o a más sufrimiento en las mujeres. Esto sí se puede estudiar, pero no
se puede estudiar cuando se inicia un ser humano. Se puede estudiar cuándo hay
vida, pero hay vida en muchas cosas que no son seres humanos. Entonces, también
hay que diferenciar ese aspecto.
Lo
que sí quiero leerles es la jurisprudencia más relevante con respecto a la
Convención Americana de Derechos Humanos, que queda también incorporada en la
Constitución argentina.
La
Convención Americana es el único instrumento internacional sobre derechos
humanos que posibilita la aplicación del derecho a la vida desde el momento de
la concepción; o sea, es el único instrumento que habla de ello. Y lo hace de
la siguiente manera. Dice que el derecho a la vida será protegido ‘en general’
desde el momento de la concepción.
Ha
habido un caso ante la Comisión Interamericana con respecto a la interpretación
de ese artículo; voy a leer las partes pertinentes, porque me parece importante
tenerlo claro.
La
Comisión encontró que la redacción del derecho a la vida, en el artículo 4°,
había sido muy consciente y que la intención de los fundadores de la
Convención, al incluir la cláusula ‘en general’, había sido precisamente la de
permitir que existiera legislación doméstica no restrictiva respecto del
aborto.
Además,
la Comisión comentó -y cito nuevamente- que “Se reconoció durante la sesión de
redacción en San José que esta frase dejaba abierta la posibilidad de que los
Estados parte de una futura convención podían incluir en su legislación local
los más diversos casos de aborto”, refiriéndose a la posibilidad de que algunos
países pudieran incluir el aborto legal bajo este artículo.
Y
además dijo: “...queda en claro que la interpretación que adjudican los
peticionarios de la definición de derecho a la vida formulada en la Convención
Americana es incorrecta”. Los peticionarios pensaban que lo de “en general,
desde el momento de la concepción” protegía desde siempre y para todos los
casos al embrión, y la Comisión sostuvo que eso es incorrecto.
Y
sigue: “La
adición de la frase ‘en general, desde el momento de la concepción’ no
significa que quienes formularon la Convención tuviesen la intención de
modificar el concepto de derecho a la vida que prevaleció en Bogotá, cuando
aprobaron la Declaración Americana. Las implicaciones jurídicas de la cláusula
‘en general, desde el momento de la concepción’ son substancialmente diferentes
de las de la cláusula más corta ‘desde el momento de la concepción’, que
aparece repetida muchas veces en el documento de los peticionarios”. O sea, sacaban lo de “en general”.
Ahí
citaban varios países que habían dejado en claro, en la negociación sobre la
Convención, que la intención realmente no era decir que el aborto se tenía que
penalizar. La idea era más bien dejar abierta la posibilidad de diferentes
tipos de legislación sobre el aborto.
Me parece
pertinente un estudio realizado por la organización CEDES de Argentina
publicado en 2001 sobre las opiniones de los médicos argentinos. El 60 por
ciento de los doctores encuestados pensaban que debían denunciar a las
autoridades a una mujer con síntomas de aborto autoinducido. O sea que una cosa
es lo que dice la ley y otra lo que piensan los médicos.
Supongo que desde el
2001 las opiniones han cambiado un poco, pero me impresiona que casi el 60 por
ciento de los médicos piensen que tienen obligación de denunciar.
Acerca de las preguntas
más filosóficas, empezando con si se trata solamente de una cuestión de
mujeres, a mí no me parece que sea así sino que se trata de una cuestión de
salud pública, de derechos humanos, de democracia y que involucra a todo el
mundo. (Aplausos.)
Dicho eso, queda claro que la mujer vive en
sus cuerpos las consecuencias de la legislación. Por ello me parece que se
tiene que dar voz a las mujeres que tienen experiencia en esta materia.
Otra pregunta formulada
es relativa al derecho a la privacidad como base de la legislación. Creo que es
apropiado clarificar que no vengo a hablar desde el punto de vista del derecho
norteamericano ni soy norteamericana. Desde mi perspectiva personal llego desde
una experiencia europea de legislación sobre el aborto que es más similar a la
de trimestres aplicada en México. Además considero que ella responde a una
preocupación más bien filosófica de que hay una diferencia entre un embrión de
2, 3 o 4 semanas y un niño por nacer al final del embarazo. Sí que hay una
diferencia, que no está bien volcada en la legislación americana.
Ahora bien, como
organización de derechos humanos estamos interpretando y ofreciendo a ustedes
un análisis legal de las obligaciones voluntarias del Estado Argentino. No
estoy dando mi opinión personal sino que menciono lo que establecen los
tratados de derecho internacional que están incorporados en la Constitución
argentina.
Tampoco soy una experta
en derecho constitucional argentino. Pero me parece que desde la lógica, si se
incorporan los tratados internacionales también se incluye la intención de esos
tratados que consiste en que la mujer pueda decidir sobre su cuerpo y en que el
Estado tenga que darle todas las herramientas necesarias para hacerlo. (Aplausos.)
Agradezco la
presencia de todos, sobre todo la de la doctora Marianne Mollman.
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